El Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de Costa Rica y la Comunidad de Estados del Caribe (CARICOM), fue firmado en la ciudad de Kingston, Jamaica el 09 de marzo de 2004.
El Tratado fue firmado por el CARICOM, como organización intergubernamental en representación de los Gobiernos de Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, Saint Vincent y Las Granadinas, Suriname y Trinidad y Tobago.
El TLC con CARICOM otorgará preferencias arancelarias a los productos costarricenses al ser exportados a los mercados de Jamaica, Guyana, Barbados, Surinam y Trinidad & Tobago.
Cinco tratamientos preferenciales diferentes, de aplicación bilateral, se acordaron entre los cinco países mencionados y Costa Rica: libre comercio inmediato; desgravación en cuatro años, exclusiones, tratamiento estacional para productos agrícolas y tratamiento diferenciado por país.
Conforme con las disposiciones de los artículos XVII.03 y XVII.04, cada uno de los países confortantes del CARICOM, debe seguir los procedimientos internos para la aprobación del Tratado, y una vez que se hayan cumplido los procesos internos necesarios para la aprobación, se efectúa un intercambio de notas, mediante el cual Costa Rica y el país del CARICOM que haya aprobado el Tratado, definen una fecha para la entrada en vigor.
Costa Rica aprobó el Tratado mediante ley No. 8455 del 19 de septiembre del 2005, publicada en el Alcance No. 36 de la Gaceta No. 193 del 07 de octubre del 2005.
Este instrumento comercial se puso en vigencia a partir del 15 de noviembre del 2005, con Trinidad y Tobago, con Guyana el 30 de abril de 2006 y con Barbados el 01 de agosto de 2006.