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Cartas adjuntas a intercambiar entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de los Estados Unidos

La presente nota pretende explicar el objeto y la naturaleza de las cartas adjuntas (side letters, en inglés) al TLC.

Las cartas adjuntas al Tratado son cartas que reflejan un entendimiento común de las Partes sobre el alcance de ciertas disposiciones del mismo.  No crean obligaciones jurídicas adicionales o distintas a las contenidas en el TLC, sino que son meramente aclaratorias o explicativas, o expresan el interés del Poder Ejecutivo de cada una de las Partes de adoptar ciertas acciones relacionadas o complementarias a las disposiciones del TLC.

Si bien estas cartas fueron negociadas en el contexto del proceso de negociación del TLC y están obviamente relacionadas con éste, no forman parte del mismo.

Algunas cartas se intercambian entre todas las Partes del TLC o bien sólo entre algunas de ellas, dependiendo del tema a que se refiera la respectiva carta (las cartas que se intercambian entre todas las Partes del TLC se les denomina "Entendimiento"). 

Dado que las cartas adjuntas no forman parte del Tratado,  el incumplimiento de algún entendimiento contenido en ellas no facultaría a una Parte a activar el mecanismo de solución de controversias previsto en el mismo.

 Al no crear obligaciones adicionales o distintas a las contenidas en el mismo, las cartas adjuntas al TLC no requieren aprobación legislativa.

 


 

 
 

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