Comunicado de Prensa
CP-769
Ottón
Solís y
17 de enero de 2007
El Ministro
de Comercio Exterior,
El Tratado
de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos es muy
claro al definir la fecha de entrada en vigencia del mismo, Tomo I, Artículo
22.5: Entrada en vigor:
“ 1. (a)
Este Tratado entrará en vigor el 1 de enero de 2005, siempre que los Estados
Unidos y uno o más de los otros signatarios notifique por escrito al
Depositario para esa fecha que han completado sus procedimientos jurídicos
aplicables.
(b) Si este Tratado no entrase en vigor
el 1 de enero de 2005, este Tratado entrará en vigor una vez que los Estados
Unidos y al menos uno o más de los otros signatarios realicen dicha
notificación, en la fecha que posteriormente ellos acuerden.”
El Salvador y los Estados Unidos lo
pusieron en vigencia el 1 de marzo del 2006.
El TLC en
nuestro país se convirtió en Ley de la República, por primera vez en la
historia, por medio de referendo el pasado 7 de octubre. Pero, para cumplir con
todos los requisitos que le permitan al Gobierno de la República notificar al Depositario
(Organización de Estados Americanos - OEA) se debe cumplir con todos los
compromisos adquiridos dentro del Tratado, conocidos como agenda de
implementación que está en
“Esto atrasa
irresponsablemente la entrada en vigencia ya que debe estar aprobado a más
tardar el 29 de febrero del 2008. ¿Por qué esa fecha límite? Porque el mismo
TLC establece que a partir de la fecha en que entre en vigor el tratado entre
dos países o más, se darán dos años para que el resto de los miembros lo
ratifiquen.
Si antes de esa fecha Costa Rica no ha cumplido su proceso no podrá
incorporarse y deberá solicitar a todos los países signatarios una prórroga”,
comentó el ministro Ruiz.
Debe ponerse fin a los engaños que alegan
los máximos representantes del PAC Ottón Solís, Epsy Campbell y