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El TLC y el Medio Ambiente
El Estado no pierde su potestad regulatoria en materia ambiental frente a los posibles inversionistas. Ninguna disposición del TLC puede interpretarse como un impedimento para que Costa Rica adopte, mantenga o haga cumplir cualquier medida ambiental. Además, se crea un mecanismo de solución de controversias específico para el tema ambiental y aplicable ante el incumplimiento de la aplicación efectiva de la legislación ambiental para favorecer el comercio en cualquiera de las Partes del TLC, así como un mecanismo de comunicaciones del público a través del cual se atenderán solicitudes de información en relación con el cumplimiento de las obligaciones del capítulo ambiental. Otro tema que se ve fortalecido es el tema de cooperación ambiental ya que además de un Anexo de Cooperación en el que se establecen las prioridades específicas de este tema para Centroamérica, existe un Acuerdo para la Cooperación Ambiental con los términos en los que las Partes del TLC van a cooperar mutuamente en este tema. |
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